Por otra parte, CENFA puede recibir donaciones para fines sociales, establecidas en la Ley 19.885, en cuyo caso, si la situación contable de la empresa lo permite, el 50% de lo donado, se traduce en crédito contra el Fisco para el pago del Impuesto de Primera Categoría y, el 50% restante, se puede imputar a gasto, descontándose así de la base imponible de dicho impuesto.
El apoyo de su empresa a nuestra institución, podría reforzar positivamente sus programas de Responsabilidad Social Empresarial, a la vez que contribuye a CENFA ONG, con ingresos que requerimos para poder continuar y ampliar nuestra labor. |